Mariano Gavin Suñén apodado "El Cucaracha". Hijo de Manuel Nicolás Gavin Ariño y de Ignacia Suñén, nació en Alcubierre 1838 y murió en Lanaja el 28 de febrero de 1875.
Ayuntamiento de Villanueva de Gállego
Ayuntamiento de Villanueva de Gállego
Sesión ordinaria del 13 de Abril de 1873.
Reunidos en sesión ordinaria los SS. que componen la mayor parte del Ayuntamiento bajo la presidencia del Sr. Teniente alcalde 1º, Don Teodoro Monzón, se dio lectura, como ordenó, de la circular del Sr. Gobernador Civil de la Provincia fecha 11 del actual inserta en el Boletín Oficial de la provincia nº 163, por la cual se ordena una estricta vigilancia sobre los bandidos que existen dentro del término municipal procurando su captura por todos los medios posibles y dando batidas generales todos los domingos por lo menos, con los vecinos necesarios armados al efecto y de más circunstancias prevenidas en dicha circular. Dada lectura de la misma, los SS. de la Corporación quedaron enterados e insistieron por unanimidad al Sr. Presidente para que desde luego cumpla en nombre de la misma todo lo dispuesto por el Gobernador, y al propio tiempo autorizan igualmente los gastos que puedan ocasionar por aquellas comisiones con cargo al Capítulo de impuestos del Ayuntamiento. Y no habiendo más asuntos que tratar levantaron la sesión.
Paginas 320 y 321 del libro "De Burjazud a Villanueva".
Ayuntamiento de Villanueva de Gállego
Sesión ordinaria del 20 de Abril de 1873.
Al propio tiempo acordaron que en virtud a que se tienen diferentes noticias respecto a que el titulado y bandido Cucaracha con su cuadrilla visita por las noches las calles y afueras de este pueblo, con lo cual tiene amedrantadas la mayor parte de los vecinos, se recomienda que una Comisión del seno de este Ayuntamiento que se presente personalmente ante el Sr. Gobernador Civil de esta provincia y reclame atentamente la debida justicia para remediar semejante mal, y al propio tiempo recuerde la petición que se tiene hecha á otra autoridad para que se entreguen a este Municipio cuarenta ó cincuenta fusiles con destino a la persecución de dichos bandidos, así como que se reclamen por parte de esta Corporación tres ó cuatro parejas de la Guardia Civil de este pueblo para perseguir igualmente a los expresados criminales, nombrando para dicha Comisión a los Srs. Presidente de esta Corporación D. Teodoro Monzón y el Secretario D. Manuel Bueno, los cuales harán e influirán todo lo posible hasta conseguir los objetos indicados. Y no habiendo mas asuntos que tratar levantaron la sesión firmando los que saben.
Páginas 321 y 322 del libro "De Burjazud a Villanueva".
Copia para Villanueva. Reunión Extraordinaria en Leciñena, mandada por el Gobernador Civil de la Provincia. 14 de Mayo de 1873.
Pueblos asistentes: Leciñena, Peñaflor, San Mateo, Villanueva, Zuera, Poleñino, Almudevar, Grañen, Castejón, Lanaja, Robres, Senés de Alcubierre, Torralva, Monegrillo, Farlete, Perdiguera y Alcubierre.
Don Joaquín Farlete, Secretario del Ayuntamiento Popular de Leciñena, certifico: Que en el libro de actas y acuerdos del Ayuntamiento de este Pueblo que obra en la Secretaría de mi cargo se encuentra la del tenor siguiente = En Leciñena a catorce de Mayo de mil ochocientos setenta y tres reunidos en sesión reservada los Alcaldes y Representantes de los Pueblos que al margen se expresan cuya convocatoria ha tenido lugar ó virtud de Comunicación del Exmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia fecha ocho de Mayo corriente, con objeto de tratar de la organización de un cuerpo y bases presentadas para el mismo por Mariano Soro, dedicado a la persecución del Bandido titulado Cucaracha y su cuadrilla que con sus crímenes tiene aterrados los pueblos de la Comarca, leídas dichas bases y enterados los Alcaldes y Representantes de los Pueblos expresados, después de varios y largos razonamientos alusivos al efecto por unanimidad de todos los concurrentes se acordó:
1º Hacer presente al Exmo. Sr. Gobernador Civil, que los convocados estiman y creen mucho mas procedente la formación ú organización de dicha fuerza con elementos del mismo Pais pues esta en su mayor parte se halla ya organizada al objeto indicado, y de ser despedidos los individuos que la componen se les expondría a una muerte cierta por haberse señalado ya con los Criminales, y tener que dedicarse para atender a su sustento, a sus faenas agrícolas habituales, y expuestos a todas horas a la ira y venganza de aquellos a quienes han perseguido y persiguen, por cuyo motivo no pueden menos de concluir la obra que han principado, mediando además la circunstancia de que estos tienen la ventaja sobre la fuerza que se propone organizar Mariano Soro de no solo ser prácticos en el terreno sino que también conocen los confidentes de los Bandidos y hasta las personas que con mas secreto y sigilo tienen comunicación con ellos; este acuerdo se entiende sin perjuicio de acatar siempre la Providencia que el Exmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia tome sobre el particular si la creyese mas ventajosa que la acordada por los concurrentes.
2º Para la organización de la fuerza anteriormente expresada, se acordó dividir en agrupaciones, por pueblos en la forma siguiente: Peñaflor nombrará dos individuos, San Mateo otros dos formando entre ambos Pueblos un solo grupo; Villanueva dos individuos los cuales a excepción de ser caso urgente se entenderán por dentro de su Término por haber manifiesto el Alcalde de este Pueblo no poder pertenecer a la agrupación de San Mateo y Peñaflor por el inconveniente del río; Zuera nombrará un grupo de cinco hombres; Poleñino dos individuos, Almudevar dos, y Grañen otros dos, formando estos tres Pueblos un grupo; Monegrillo cuatro individuos, Castejón nombrará cinco individuos, Lanaja otros cinco componiendo estos dos Pueblos dos grupos; Robres nombrará tres individuos, uno Senés y dos Torralva, formando entre los tres Pueblos un grupo; Monegrillo cuatro individuos, Perdiguera tres formando ambos Pueblos un grupo; Alcubierre nombrará cinco individuos formando un solo grupo. Esta fuerza se organiza únicamente por el tiempo de dos meses a contar desde la fecha en que totalmente quede organizada ó principie a funcionar gozando cada individuo de dos pesetas cincuenta céntimos diarios, pagados del Presupuesto Municipal mediante un reparto adicional que formarán al efecto, el cual se pondrá a votación y discusión de la Junta Municipal, y en caso de que esta se negase pedir la autorización correspondiente al Exmo. Sr. Gobernador Civil ó Diputación Provincial acompañándole relación de las personas designadas a la persecución de los referidos criminales; una vez organizadas estas fuerzas locales, los Alcaldes remitirán al de Leciñena inmediatamente relación de los individuos que la componen para que este pueda hacerlo al Gobierno de la Provincia y a fin de que la Guardia Civil y demás dependientes de la autoridad tengan conocimiento exacto de ella; los individuos que se nombren serán dirigidos por un Gefe que nombrará el Alcalde de cada Pueblo a quien dará noticia exacta diariamente de los puntos que hayan recorrido durante el día y de los adelantos que sobre el asunto hayan hecho; al efecto llevarán un libro diario donde anoten las observaciones, partes y confidencias que reciban y para justificación de los mismos, anotarán ñas personas, hora y punto todos los días de los trabajadores que por montes y puntos extraviados encuentren: los Gefes que Capitaneen las fuerzas locales tendrán la obligación de tener cada ocho días una entrevista con los otros Gefes de los Pueblos circunvecinos o sean los asistentes ó representantes a este acto, afin de comunicasen entre sí las noticias que unos y otros hayan podido adquirir respecto a los criminales, y para ponerse de acuerdo con todas las fuerzas para dar las batidas ó reconocimientos que consideren necesarios dando parte de su resultado en su caso al Alcalde ó Autoridad Local.
Los Ayuntamientos tendrán facultades para destituir al Gefe ó a cualquiera otro de los individuos que compongan la fuerza Local de su término Municipal, cuando tenga noticia de que no cumplen con su deber ó que están en relación ó individual con los Bandidos objeto de esta reunión. Asimismo se acordó dar un premio a los individuos de la fuerza de estos Pueblos que consiga la captura de Cucaracha y sus Bandidos, en cuyo caso el Pueblo a que corresponda aquella, le dará la que tenga por conveniente é invitará a los demás para que lo verifiquen según su voluntad y en proporción al peligro que cada cual haya eludido, puesto que se considera que nadie se opondrá ni negará a tan justa donación pues que con la captura de aquellos se conseguirá el sosiego y tranquilidad de todos los moradores de la Comarca y fuera de ella.
Esta gratificación se hace extensiva también una vez conseguida la captura de Cucaracha al que comunique la confidencia fija y segura, dicha gratificación deberá entenderse por escala gradual puesto que como es natural esta no solo debe darse al que consiga la aprehensión del mencionado Bandido sino también la de cualquiera de los Criminales que le acompañan; en cayo caso conseguida la captura de los expresados Criminales, se reunirán los Alcaldes de todos los Pueblos que figuran en esta reunión para tratar acerca de lo que haya que distribuir en dichas Gratificaciones transcurridos los dos meses por que se organiza esta fuerza volverán a reunirse también para tratar si se ha de acordar la Suspensión de la misma ó su continuación, dándose por terminado el acto que firman los Señores Alcaldes conmigo el Secretario de que certifico = Manuel Escartín, Manuel Molina, Pascual Mené, Bartolomé Sancho, Antonio Arruga, Inocencio Letosa, Benigno Laboreo, Sebastián Bernal, Agustín Llué, Joaquín Farlete, Secretario. Asi resulta del acta original a que me refiero.
Y para que conste expido la presente copia para el Pueblo de Villanueva en Leciñena a diez y seis de Mayo de mil ochocientos setenta y tres.
Firmado: El Alcalde Manuel Escartín.
Páginas 324, 325 y 326 del libro "De Burjazud a Villanueva".
Ayuntamiento de Villanueva de Gállego.
Sesión Ordinaria del 25 de Mayo de 1873.
Al propio tiempo el Sr. Presidente hizo presente, que algunos vecinos de la localidad y muy especialmente los habitantes del Comercio se han quejado con bastante fundamento, de que se hallan algo atemorizados por la voz pública que constantemente se oye de que el bandido Cucaracha ó algunos de su cuadrilla se albergan en el soto de D. Luis Franco que posee en la orilla del Gállego por su mucho espesor de arbustos que contiene; y en su consecuencia los SS. de la reunión acuerdan por unanimidad se oficie por conducto del Sr. Alcalde a dicho D, Luis Franco invitándole a que esclarezca el expresado soto ó bien lo limpie de yerbas y demás para conseguir el que desaparezca la guarida de los criminales que puedan albergarse como así procede en bien de la seguridad pública e intereses del vecindario, y no habiendo más asuntos que tratar, levantaron la sesión.
Páginas 327 y 328 del libro "De Burjazud a Villanueva":
Los Ayuntamientos tendrán facultades para destituir al Gefe ó a cualquiera otro de los individuos que compongan la fuerza Local de su término Municipal, cuando tenga noticia de que no cumplen con su deber ó que están en relación ó individual con los Bandidos objeto de esta reunión. Asimismo se acordó dar un premio a los individuos de la fuerza de estos Pueblos que consiga la captura de Cucaracha y sus Bandidos, en cuyo caso el Pueblo a que corresponda aquella, le dará la que tenga por conveniente é invitará a los demás para que lo verifiquen según su voluntad y en proporción al peligro que cada cual haya eludido, puesto que se considera que nadie se opondrá ni negará a tan justa donación pues que con la captura de aquellos se conseguirá el sosiego y tranquilidad de todos los moradores de la Comarca y fuera de ella.
Esta gratificación se hace extensiva también una vez conseguida la captura de Cucaracha al que comunique la confidencia fija y segura, dicha gratificación deberá entenderse por escala gradual puesto que como es natural esta no solo debe darse al que consiga la aprehensión del mencionado Bandido sino también la de cualquiera de los Criminales que le acompañan; en cayo caso conseguida la captura de los expresados Criminales, se reunirán los Alcaldes de todos los Pueblos que figuran en esta reunión para tratar acerca de lo que haya que distribuir en dichas Gratificaciones transcurridos los dos meses por que se organiza esta fuerza volverán a reunirse también para tratar si se ha de acordar la Suspensión de la misma ó su continuación, dándose por terminado el acto que firman los Señores Alcaldes conmigo el Secretario de que certifico = Manuel Escartín, Manuel Molina, Pascual Mené, Bartolomé Sancho, Antonio Arruga, Inocencio Letosa, Benigno Laboreo, Sebastián Bernal, Agustín Llué, Joaquín Farlete, Secretario. Asi resulta del acta original a que me refiero.
Y para que conste expido la presente copia para el Pueblo de Villanueva en Leciñena a diez y seis de Mayo de mil ochocientos setenta y tres.
Firmado: El Alcalde Manuel Escartín.
Páginas 324, 325 y 326 del libro "De Burjazud a Villanueva".
Ayuntamiento de Villanueva de Gállego.
Sesión Ordinaria del 25 de Mayo de 1873.
Al propio tiempo el Sr. Presidente hizo presente, que algunos vecinos de la localidad y muy especialmente los habitantes del Comercio se han quejado con bastante fundamento, de que se hallan algo atemorizados por la voz pública que constantemente se oye de que el bandido Cucaracha ó algunos de su cuadrilla se albergan en el soto de D. Luis Franco que posee en la orilla del Gállego por su mucho espesor de arbustos que contiene; y en su consecuencia los SS. de la reunión acuerdan por unanimidad se oficie por conducto del Sr. Alcalde a dicho D, Luis Franco invitándole a que esclarezca el expresado soto ó bien lo limpie de yerbas y demás para conseguir el que desaparezca la guarida de los criminales que puedan albergarse como así procede en bien de la seguridad pública e intereses del vecindario, y no habiendo más asuntos que tratar, levantaron la sesión.
Páginas 327 y 328 del libro "De Burjazud a Villanueva":
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